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miércoles, 14 de octubre de 2009

Brasil ratifica el Tratado de Libre Comercio entre MERCOSUR e Israel


Esta semana Brasil ha vuelto a demostrar que “equilibrio” es una palabra que define bien su política exterior. Recientemente el presidente brasileño Luiz Inácio “Lula” da Silva ha reconfirmado la invitación al controvertido presidente iraní, Mahmud Ahmadineyad, a visitar su país en el futuro próximo. A su vez, después de dos años de la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC) MERCOSUR-Israel, Brasil decide ponerlo en vigencia.

El pasado 30 de septiembre del presente la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados de Brasil ratificó el TLC entre el MERCOSUR e Israel. La liberalización del comercio bilateral había sido acordada en diciembre de 2007, luego de dos años de negociaciones (1), por los países miembros del MERCOSUR en Montevideo, Uruguay, en el marco de la XXXIV Cumbre de Presidentes. El proyecto 1667/09 enviado por el Poder Ejecutivo brasileño al Congreso será posiblemente tratado en breve en el Plenario dado que ha sido tramitado en carácter de urgencia.

Como hemos explicado en una nota anterior: “el acuerdo contempla más de 9300 posiciones arancelarias, que abarcan el 90% del comercio entre los signatarios. Para eso se estableció un calendario de desgravaciones. Teniendo en cuenta las necesidades de la puesta al día de ese nuevo status comercial- de los miembros de las comunidades comerciales de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay- se estableció un régimen de desgravación progresiva en la que se contemplan cuatro fases: una inmediata, y, las otras, a 4, 8 y 10 años, en descenso, hasta la eliminación, en etapas iguales, teniendo lugar la primera reducción en la fecha de entrada en circulación del Acuerdo y, las otras, el 1° de enero de cada año”(2)

De los cuatro países miembros del MERCOSUR solo Uruguay ha ratificado el Tratado. El 13 de agosto de 2008, el Parlamento uruguayo sancionó, por unanimidad, el proyecto de ley por el que se aprueba el TLC suscripto entre el MERCOSUR e Israel. Sin embargo, los Ejecutivos de Paraguay y Argentina aún no han remitido a su Congreso Nacional el proyecto de ley que permita poner en vigencia el acuerdo firmado en 2007.


De ser aprobado por el Plenario, el Tratado entrará en vigor de forma bilateral entre Israel y Brasil a pesar que aún dos signatarios del acuerdo (Argentina y Paraguay) no lo hayan ratificado. Esto se explica debido a que “desde el punto de vista de su diseño normativo, el TLC debe ser ratificado por medio de los procesos internos de cada uno de los países signatarios, y entrará en vigor, en forma bilateral, a los 30 días posteriores en que el Estado Depositario (en el caso ese rol le ha tocado al Paraguay) haya informado la recepción de los dos primeros instrumentos de ratificación, siempre que Israel sea una de las Partes Signatarias que haya depositado el instrumento de ratificación. Es decir que, para su entrada en vigencia bilateral (dos partes) no se requiere la ratificación conjunta de todas las Legislaturas de los miembros plenos del bloque más la de Israel, sino que basta con la convalidación de la Knesset (Parlamento Israelí) y de al menos un país del MERCOSUR, para que el tratado entre en vigencia entre esas dos partes”(3)

Resulta importante recordar que Israel ha sido el primer y único país en firmar un TLC con el MERCOSUR. En la actualidad “el comercio bilateral entre el MERCOSUR e Israel ronda los 2.000 millones de dólares, con un superávit próximo a los 800 millones a favor de los israelíes”. (4) En los últimos cinco años Israel había duplicado su comercio bilateral con América Latina, pero los efectos de la crisis financiera global del pasado año redujeron el intercambio en un 48%.(5)

Brasil se presenta como el principal socio comercial de Israel en Latinoamérica, dando cuenta del 35% del comercio del país asiático con la región. En el contexto de la crisis económica mundial la relación comercial entre Israel y Brasil también sufrió un retroceso. En el 2009 “la reducción de las exportaciones de Israel a Brasil, se manifiestan en particular en productos minerales -79%, productos químicos -72%, óptica y equipos médicos -42%, maquinaria y equipos eléctricos -30%. Israel disminuyó sus compras de Brasil en -21%, bajando de 123 a 98 millones de dólares. En especial, hubo una baja del 24% en el rubro productos agrícolas y alimenticios y del 54% en la importación de maderas y productos derivados. De esta manera, Brasil bajó al lugar Nº 20 en la larga lista de 114 países del mundo que comercian con Israel, después de Canadá y Singapur y antes de Suecia e Irlanda”. (6)

Además de las importantes relaciones comerciales, Brasil e Israel también mantienen una rica relación de intercambio y cooperación internacional en otras áreas. En los últimos diez años han firmado acuerdos sobre la no exigencia de visas entre ambos países (2000), cooperación en áreas de salud (2006), asistencia mutua en cuestiones aduaneras (2006), memorando de entendimiento en investigación y desarrollo industrial (2007), TLC MERCOSUR-Israel (2007), cooperación en área de agricultura (2007), cooperación en materia de agua (2007), plan de trabajo en el área cultural (2008), cooperación sobre temas de educación (2008) y acuerdo bilateral sobre servicio aéreos (2009), entre otros. (7)

Esperamos que tanto la Argentina como el Paraguay sigan prontamente los pasos de sus socios en el MERCOSUR- Brasil y Uruguay- y ratifiquen el Tratado de Libre Comercio firmado por los cuatro países. Solo entonces el TLC podrá lograr el alcance regional con el que fue concebido y estrechar los fuertes lazos de cooperación e intercambio existentes entre los países del Cono Sur y el Estado de Israel.

Notas

(1) Acuerdo Marco de Comercio entre el MERCOSUR y el Estado de Israel (8 de diciembre 2005) Disponible aquí
(2) “Uruguay ratificó el Tratado de Libre Comercio MERCOSUR-Israel: un ejemplo para la Argentina”, Fundación Abravanel, 17 de agosto de 2008. Disponible aquí
(3) “Uruguay ratificó el Tratado de Libre Comercio MERCOSUR-Israel: un ejemplo para la Argentina”, Fundación Abravanel, 17 de agosto de 2008. Disponible aquí
(4) “Brasil aprueba acuerdo MERCOSUR-Israel”, Hagshamá, 7 de octubre de 2009. Disponible aquí
(5) Leillen, Samuel, “Comercio Exterior Israel-América Latina: enero-junio 2009”. Disponible aquí
(6) Leillen, Samuel, “Comercio Exterior Israel-América Latina: enero-junio 2009”. Disponible aquí
(7) Embajada de Israel en Brasil. Disponible aquí

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domingo, 17 de agosto de 2008

Uruguay ratificó el Tratado de Libre Comercio MerCoSur-Israel: un ejemplo para la Argentina


Con fecha 13 de agosto de 2008 el Parlamento uruguayo sancionó el proyecto de ley por el que se aprueba el Tratado de Libre Comercio (TLC) suscripto entre el MerCoSur e Israel. Al respecto se informó que, en sesión extraordinaria, la Cámara de Senadores uruguaya ratificó por unanimidad el texto completo del acuerdo y sus anexos (1).

Cabe recordar que, en el marco de la XXXIV Cumbre de Presidentes realizada en Montevideo, el pasado 17 de diciembre de 2007 se firmó -luego de dos años de negociaciones- el primer Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el MerCoSur e Israel, primer acuerdo de este tipo, con un país fuera del área sudamericana, desde su creación en 1991.

El Mercado Común del Sur (MerCoSur) fue fundado en 1991 por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Desde hace unos años Venezuela aspira a una membresía plena en el bloque, para lo cual falta aún la aprobación de los Parlamentos de Paraguay y Brasil (2).

En el marco de las buenas relaciones históricamente existentes entre los países latinoamericanos y el Estado de Israel desde la independencia de este último en 1948 (3), el intercambio comercial bilateral ha sido un eslabón relevante en la cadena de interacción de los países de nuestra región y el país asiático.


Al respecto, Maximiliano Borches explica que “Según datos del Buró Central de Estadísticas israelí, en 2007 los cuatros socios del MerCoSur exportaron a Israel por un total de 460.2 millones de dólares, con un alza interanual del 22%, e importaron desde ese país por 653 millones de dólares, un 40% más que en igual lapso de 2006. Los principales productos que el bloque sudamericano exporta a Israel son granos y cereales, bienes de capital y calzado, mientras que Israel le provee de agroquímicos, software y productos tecnológicos. El 70% de los intercambios se explica por el comercio entre Israel y Brasil, que en 2007 le exportó al país asiático por 238 millones de dólares y le compró por 540 millones de dólares.” (4)

Cabe resaltar que en el 2007, las importaciones desde Israel a la República Argentina alcanzaron los 126,1 millones en dólares, mientras que las exportaciones de Argentina a Israel ascendieron a 242,5 millones de dólares, generando un superávit comercial a favor de nuestro país de 116,4 millones de dólares (5).

Sin dudas, la suscripción del TLC citado se explica en el hecho de que el comercio bilateral MerCoSur-Israel, aunque pequeño, presenta una línea de progresión, la que aumentó más de 150% en la última década, y se proyecta en forma muy positiva hacia el futuro, puesto que, “Israel es visto, para los intereses comerciales del MerCoSur, como una importante oportunidad para ubicar sus productos, debido a la concentración de su comercio en mercados con los que tiene acuerdos (Unión Europea, Estados Unidos, Turquía, México, Canadá, Jordania y Egipto).” (6) y a que “la balanza comercial entre ambos muestra un dinamismo creciente y el bloque sudamericano es consciente de las oportunidades que se le abren para lograr un mayor acceso a un mercado con alto poder adquisitivo como el israelí, con un Producto Bruto Interno (PBI) nominal per capita de 22 mil dólares (7) e importaciones anuales por 48 mil millones de dólares” (8).

Ahora bien, ¿cuál es el alcance y como se implementa el TLC?

En pocas palabras: “el acuerdo cubre el 90% del comercio, con un calendario de desgravaciones arancelarias progresivas en cuatro fases (inmediata, a 4, 8 y 10 años).” (9)

En efecto, el acuerdo contempla más de 9300 posiciones arancelarias, que abarcan el 90% del comercio entre los signatarios. Para eso se estableció un calendario de desgravaciones. Teniendo en cuenta las necesidades de la puesta al día de ese nuevo status comercial- de los miembros de las comunidades comerciales de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay- se estableció un régimen de desgravación progresiva en la que se contemplan cuatro fases: una inmediata, y, las otras, a 4, 8 y 10 años, en descenso, hasta la eliminación, en etapas iguales, teniendo lugar la primera reducción en la fecha de entrada en circulación del Acuerdo y, las otras, el 1° de enero de cada año.

Desde el punto de vista de su diseño normativo, el TLC debe ser ratificado por medio de los procesos internos de cada uno de los países signatarios, y entrará en vigor, en forma bilateral, a los 30 días posteriores en que el Estado Depositario (en el caso ese rol le ha tocado al Paraguay) haya informado la recepción de los dos primeros instrumentos de ratificación, siempre que Israel sea una de las Partes Signatarias que haya depositado el instrumento de ratificación. Es decir que, para su entrada en vigencia bilateral (dos partes) no se requiere la ratificación conjunta de todas las Legislaturas de los miembros plenos del bloque más la de Israel, sino que basta con la convalidación de la Knesset (Parlamento Israelí) y de al menos un país del MerCoSur, para que el tratado entre en vigencia entre esas dos partes.

Es decir que, siguiendo este razonamiento, para Israel y Uruguay el tratado entrará próximamente en vigor en forma bilateral, más allá de lo que hagan los demás Signatarios del Tratado.

Con respecto a las demás Partes Signatarias, el acuerdo entrará para ellas en vigor a los 30 días después que el Estado Depositario haya notificado la recepción de cada uno de los instrumentos de ratificación de cada uno de ellos, alcanzando el Tratado su plena vigencia, con la ratificación de todos los países firmantes. (10)

Así, el ejemplo de la República Oriental del Uruguay en esta materia, debería ser emulado por la República Argentina, ya que hasta la fecha ésta no ha ratificado el TLC MerCoSur-Israel.

En efecto, nuestro Congreso Nacional aún no ha dictado la norma ratificatoria del TLC pese al tiempo transcurrido desde su suscripción (11), y por tanto aquél no ha alcanzado todavía su plena vigencia a nivel regional. En este sentido se aguarda con suma espectativa que el Poder Ejecutivo Nacional remita al Congreso Nacional el proyecto de ley correspondiente a los fines de su debate parlamentario y posterior sanción.

La Argentina ha asumido el compromiso, desde el ámbito del MerCoSur, de colaborar en el desarrollo de la región a través de la profundización del comercio internacional, el incremento de las exportaciones y el fortalecimiento de las relaciones con Israel, es por ello que instamos a las instituciones de la República para que, en consonancia con el gran paso dado por la hermana República Oriental del Uruguay, se ratifique el TLC y de esa forma se coronen décadas de fluidas y complementarias relaciones entre nuestro país, nuestra región y el Estado de Israel.

Lo invitamos a ver el texto completo Tratado de Libre Comercio entre el MerCoSur e Israel aquí

Notas:

1. Ver portal oficial del Poder Legislativo Uruguayo, página específica de la ratificación del 13 de agosto de 2008, haciendo click aquí.

2. "Venezuela firmó su adhesión el 17 de junio de 2006. Su estatus dentro del bloque no es claro: no ejerce los derechos propios de un estado miembro pleno pero está claro que es más que un mero estado asociado. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú tienen estatus de estado asociado.” Para ver el artículo completo haga click aquí. Para información general sobre el MerCoSur, le sugerimos consultar su portal oficial aquí.

3. E incluso con anterioridad a esa fecha, como lo corrobora el voto de muchos de los países del sub-continente en la votación de la Asamblea General de las Naciones Unidas para la partición de Palestina del 29 de Noviembre de 1947.

4. 18 de abril de 2008, artículo intitulado “Israel-MerCoSur, primer Tratado de Libre Comercio del principal bloque económico sudamericano”. HorizonteWeb. Para ver el artículo completo haga click aquí.

5. Ver en ECOISRAEL.DOC Puentes económicos con América Latina, “ISRAEL y el MERCOSUR”, CIDIPAL, 2008.

6. 18 de abril de 2008, artículo intitulado “Israel-MerCoSur, primer Tratado de Libre Comercio del principal bloque económico sudamericano”. Ver nota 4.

7. Según la publicación ECOISRAEL.DOC Puentes económicos con América Latina, “ISRAEL y el MERCOSUR” de CIDIPAL, en cambio, el poder adquisitivo israelí referido ascendería a los 26 mil dólares per capita.

8. 18 de abril de 2008, artículo intitulado “Israel-MerCoSur, primer Tratado de Libre Comercio del principal bloque económico sudamericano”. Ver nota 4.

9. 18 de abril de 2008, artículo intitulado “Israel-MerCoSur, primer Tratado de Libre Comercio del principal bloque económico sudamericano”. Ver nota 4.

10. La entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre el Estado de Israel y el MerCoSur está dispuesta en el artículo 5 del Capítulo XIII del mismo. Para ver el tratado, haga click aquí. Para más información sobre el Derecho de los Tratados Internacionales puede visitar este sitio.

11. Cuando lo haga, el TLC tendrá rango normativo superior a las leyes nacionales, en atención a lo establecido por el artículo 75 inciso 24 de la Constitución Nacional: “Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes.” (el resaltado nos pertenece).

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miércoles, 23 de julio de 2008

La Fundación Abravanel en el Encuentro de Parlamentarios sobre Terrorismo Internacional organizado por el CJL

Foto: gentileza Leonardo Kremenchuzky CJL.

El pasado jueves 17 de julio y en el marco de las actividades relativas a la conmemoración del 14° atentado a la sede de la AMIA en Buenos Aires, se llevó a cabo en dicha institución y organizado por el Congreso Judío Latinoamericano (CJL), un encuentro de Parlamentarios representantes de Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay y Argentina para debatir en torno a la necesidad del dictado de legislaciones antiterroristas.

En primer lugar felicitamos especialmente al Congreso Judío Latinoamericano por una iniciativa tan relevante, llevada a cabo desde el profundo convencimiento de que al flagelo del terrorismo internacional sólo se lo puede prevenir y combatir desde una perspectiva regional.

La Fundación Abravanel participó del encuentro por intermedio de su presidente Dr. Agustín Zbar, en su carácter de especialista en la materia y ex Diputado Nacional.

Los objetivos del exitoso encuentro, fueron los de fomentar el intercambio de visiones y experiencias sobre la materia. Asimismo, se enfatizó sobre el desafío regional que la amenaza del terrorismo internacional importa y sobre la necesidad de enmarcar su combate a través de mecanismos legales y el respeto por los Derechos Humanos.

En este sentido, Jack Terpins, presidente del CJL expresó que “Esta actividad sin dudas profundizará el combate contra el terrorismo y servirá para generar acciones de prevención, en todos de los países de la región.”

La Fundación Abravanel en consonancia con estos objetivos introdujo los siguientes interrogantes:

• ¿Es oportuno debatir en nuestra región el dictado de una legislación integral antiterrorista que regule la investigación estatal en materia preventiva y de instrucción?

• ¿Considera que América Latina cuenta a nivel regional con instrumentos adecuados y suficientes para enfrentar al terrorismo internacional?

• ¿Está de acuerdo con la confección de listados de organizaciones que cometen actos de terrorismo internacional, como la que elabora periódicamente la UE, entre otros?

• ¿Qué relación entiende que debería existir entre el Estado de Emergencia, la suspensión de garantías, y la política antiterrorista?

En el encuentro, que estuvo presidido por Jack Terpins, Presidente del CJL, Eduardo Elsztain, Tesorero del CJL, Claudio Epelman, Director del CJL, y Saul Gilvich, Secretario General del CJL, participaron más de veinte Parlamentarios de la región, entre los que se destaca la presencia del Presidente de la Cámara de Senadores del Paraguay, Miguel Abdón Saguier, del Senador Uruguayo, Jorge Larrañaga, y por la delegación argentina, de los legisladores Federico Pinedo, Nora Guinzburg y María Laura Leguizamón.

También estuvieron presentes el Vicecanciller de Israel, Majalli Whbbe, el Embajador de Israel en Argentina, Rafael Eldad, el Presidente de la AMIA, Guillermo Borger, el Presidente de la DAIA, Aldo Donzis, y las máximas autoridades de cada una de las Comunidad Judías de los respectivos países de la región.

El Dr. Agustín Zbar, señaló que “la penetración del terrorismo en la región” es “un desafío a la democracia”. Y resaltó la importancia de “legislar, para combatir el fenómeno en el marco del Estado de derecho”.

Una de las conclusiones relevantes del encuentro, y señalada entre otros por el Senador Uruguayo, Jorge Larrañaga, ha sido la de resaltar la necesidad de arribar a soluciones legislativas en el marco de la cooperación entre los distintos países de la región con miras a la prevención y el combate del flagelo del terrorismo internacional en forma eficaz. En este sentido, el Senador Uruguayo consideró que “nuestras sociedades están inermes ante el terrorismo internacional” y eso “nos obliga a coordinar nuestras legislaciones”.

Para leer el resto de las intervenciones de las personalidad presentes los invitamos a leer la nota publicada por Infobae haciendo click aquí.

Desde la Fundación Abravanel venimos sosteniendo que, en los últimos años, el mundo ha visto azorado el surgimiento de organizaciones terroristas globales que amenazan no sólo la estabilidad de las democracias sino también la paz y la seguridad de los países.

Esta situación, lejos de menguar, crece sin pausa y se expande a todas las regiones del planeta, incluida Latinoamérica. La Argentina puede dar cuenta de ello, al haber sufrido en su territorio dos de los más cruentos ataques del terrorismo internacional, los únicos ocurridos hasta el presente en la región.

A muchos años de ocurridos esos crímenes de lesa humanidad, hemos comprobado que ellos fueron posible y podrían reeditarse, en tanto existan sectores importantes de la sociedad y del Estado que, con su pasividad, no permitan desbaratar el círculo vicioso de indiferencia, inoperancia e ineficiencia que torna altamente plausible la repetición de éstos actos de violencia extrema en nuestras latitudes.

Fuera de los extremistas políticos que intentan rodear de justificaciones ideológicas a los criminales, parece bastante claro que la opinión pública mundial ha logrado cierto consenso sobre la necesidad de luchar contra este peligrosísimo flagelo.

La gran pregunta es cómo hacerlo.

Por un lado, creemos que hoy existe acuerdo en que el modelo de los "halcones", tanto ética como prácticamente, resulta injustificable ya que entiende a la protección de los derechos humanos como un obstáculo para vencer a las organizaciones terroristas y por ende se rinde moralmente ante ellas; y tal vez por eso mismo exhibe malos resultados.

Tampoco es aceptable un planteo en extremo laxo que no reconozca la particular metodología de estas organizaciones globales y rechace toda innovación específica de las leyes penales y procesales, cayendo en la inacción y en la pasividad frente al creciente flagelo que avanza de manera planificada y sigilosa hasta atacar de nuevo.

Por lo general, luego de un ataque terrorista se suelen realizar debates urgentes en los que se adoptan medidas de emergencia que suponen abandonos o claudicaciones del estado de derecho, otorgando a esos grupos una doble victoria.

En este contexto, resulta esencial concluir en que toda lucha que encare el Estado democrático-constitucional contra el terrorismo internacional debe ser desarrollada en el marco de la completa legalidad y del respeto por las normas y los estandares internacionales de derechos humanos y por la costumbre internacional en la materia.

Esto supone la acción inteligente de los tres poderes del Estado.
Por ello, como ha dicho el Dr. Claudio Grossman en el Coloquio organizado por nuestra Fundación en la Facultad de Derecho de la UBA el 3 de abril pasado sobre la materia, el Estado debe combatir este flagelo "con una mano atada" (por cuanto sólo puede luchar en el marco de la estricta legalidad y nunca mediante vías de hecho), pero ello no significa la inacción absoluta ni la ausencia de normativa anti-terrorista eficaz y razonable.

En el año 2007, se dictó en la Argentina una mal llamada "ley anti-terrorista" (nº 26.268) la cual, sin perjuicio de importar un avance en la lucha contra el financiamiento del terrorismo internacional, no ha profundizado sobre ninguna de las cuestiones jurídicas sustanciales en la materia como lo son: investigación, prevención, procedimiento, juzgamiento, enlistado, y cooperación internacional.

De hecho, esa ley ni siquiera constituye un plexo normativo autónomo y completo, ya que no es otra cosa que una breve modificación al Código Penal vigente.

Resulta claro entonces que aún nos debemos un debate serio, profundo y sereno sobre ésta cuestión, debate en tiempos normales de la política, el cual nunca debería encararse desde una concepción de estado de "excepción" (o emergencia) ni servir de base para violar derechos humanos fundamentales.

En ese marco, resulta crucial poder evitar discusiones bizantinas en torno a la compleja e ideologizada definición de "terrorismo", reemplanzándola por una clara condena a los "actos terroristas", los que siempre son moral y jurídicamente injustificables en tanto constituyen ataques deliberados contra civiles indefensos.

Nuevamente reiteramos nuestras felicitaciones al Congreso Judío Latinoamericano por el esfuerzo que se vio reflejado en el éxito del encuentro y a todos los Parlamentarios que se hicieron presentes, esperando que éste sea el inicio del tan necesario debate que nuestros países se deben, para la defensa de la paz, y el fortalecimiento de nuestras democracias latinoamericanas.

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sábado, 31 de mayo de 2008

Resolución de la Cámara de Diputados de la Argentina por el 60º Aniversario de la Independencia del Estado de Israel


En línea con nuestra última nota relativa al 60º Aniversario de la Independencia del Estado de Israel y en el marco de las tareas de monitoreo de la labor parlamentaria que realiza nuestra Fundación, en esta oportunidad les presentamos la Resolución aprobada con fecha 21 de mayo de 2008 por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, por medio de la cual se resolvió:

“Saludar y felicitar al Gobierno y al Pueblo del Estado de Israel por el 60º Aniversario de su Independencia”

No hemos visto reproducida esta Resolución en ningún medio por lo que procedemos a la transcripción de su texto, aprobado bajo el Nº de Expediente 1540-D-2008:


“Señor presidente:

Hace 60 años, el 14 de mayo de 1948, nacía el Estado de Israel. Aquel día y dando cumplimiento a la Resolución 181 de las Naciones Unidas, del 29 de noviembre de 1947, que estipulaba el establecimiento de dos estados, uno judío y otro árabe; David Ben Gurion leyó el acta de Declaración de la Independencia del nuevo Estado judío que adoptó el nombre histórico de Israel.

El gobierno argentino reconoció al Estado de Israel, el 14 de febrero de 1949. Desde el inicio las relaciones diplomáticas entre ambas naciones han sido plenas y siempre ha existido una productiva cooperación en las esferas política, económica y cultural.

Ante un nuevo aniversario de su independencia, saludamos y felicitamos al gobierno y al pueblo israelí.

Por lo expuesto, señor presidente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.”


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Notas

1. Sólo podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

2. La Resolución transcripta fue impulsada por los Diputados Daniel Katz, Silvia B. Vazquez de Tabernise, Hugo N. Prieto, Juan Carlos Scalesi y Gustavo E. Serebrinsky.

3. La H. Cámara de Senadores de la Nación aprobó con fecha 14 de mayo de 2008 bajo el número de expediente 1315/08 un proyecto de declaración en línea con el aquí transcripto, expresando el beneplácito por el 60º Aniversario de la Creación del Estado Israel siendo sus autores Samuel M. Cabanchik, Rubén H. Giustiniani, Daniel F. Filmus, y María Eugenia Estensroro. El texto del mismo no se encuentra disponible online.

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