Durante los días 6 al 10 de mayo de 2009 se llevó a cabo el 11º Encuentro de Dirigentes de Instituciones y Comunidades Judías Latinoamericanas y del Caribe, en Cartagena de Indias, Colombia, organizado por el American Jewish Joint Distribution Committee.
La Fundación Abravanel participó del Encuentro, de la mano de su Presidente, Dr. Agustín Zbar y la Lic. Brenda Finkelstein, quien se desempeña como investigadora de la fundación.
A continuación les ofrecemos, en la primera parte de esta nota, el relato de todo lo vivenciado en Cartagena, según la mirada de Zbar, para la Revista 23 y en la segunda parte, podrán leer las actividades realizadas por la Fundación y sus representantes en el mencionado Encuentro.
(En la foto de abajo, de izquierda a derecha: Liat Altman (ADL USA), Dan Mariaschin (B’nai B’rith USA), Oscar Olender (Pte. SHA, Argentina), Agustín Zbar (Pte. Fundación Abravanel, Argentina), Julian Schvindlerman (Escritor y Periodista, Argentina), Jose Kavana (AIPAC USA)
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PRIMERA PARTE: Fuente: Revista 23, 1º de junio de 2009
“Encuentro de dirigentes de instituciones y comunidades judías latinoamericanas y del Caribe."
Por Agustín Zbar
Durante cuatro días Cartagena de Indias se convirtió en la sede del 11º Encuentro de Dirigentes de Instituciones y Comunidades Judías Latinoamericanas y del Caribe. Hasta esa ciudad colombiana, que supo ser hace unos trescientos años una de las sedes relevantes de la Inquisición eclesiástica, llegaron más de 650 participantes de 24 países: educadores, académicos, dirigentes comunitarios y rabinos, donantes y trabajadores voluntarios. Y más de 100 jóvenes universitarios de diferentes países de la región.
“La crisis mundial: ¿fenómeno coyuntural o estructural?”; “Las corrientes judías en América latina: pasado, presente y futuro”; “La educación para la paz en el mundo” o “Estado de la Legislación Antidiscriminatoria y Antiterrorista” fueron algunos de los temas sobre los que giraron el debate y las reflexiones. Y se expresó preocupación ante los progresos y la dirección que tomará el diálogo entre los diferentes credos (especialmente los vínculos entre judíos, católicos y musulmanes) en el contexto mundial actual; las nuevas amenazas en la región como la judeofobia, el antisemitismo y las expresiones antiisraelíes; el compromiso de las nuevas generaciones en la vida judía; y las actitudes de los medios de comunicación y la opinión pública frente a los conflictos en Medio Oriente y los problemas de seguridad de las comunidades, entre otros.
El presidente Álvaro Uribe Vélez destacó “el afecto, admiración y gratitud” de su país hacia la comunidad judía: “Nos honra mucho a los colombianos, a la ciudad de Cartagena, que ustedes se reúnan aquí... Ustedes han sido grandes gestores en Colombia de disciplina de trabajo, de emprendimiento, de generación de empleo, de valores democráticos, de responsabilidad social”, subrayó el mandatario. A su vez ratificó su compromiso con la lucha contra el terrorismo: “Bienvenidos a este suelo de libertades, a este pueblo que tiene toda la determinación para que el mundo entienda que aquí hay la fortaleza para derrotar esa pesadilla del terrorismo”.
El sheik Ahmad Tayel lleva 17 años dirigiendo la acción social y religiosa en la mezquita de la Asociación Benéfica Islámica de Bogotá. Tayel –sirio de nacimiento y colombiano por opción, corresponsal de la Agencia Árabe de Noticias– fue de los expositores más aplaudidos y tomó por sorpresa a la audiencia al introducir la palabra dulzura en su discurso: “La dulzura entre las personas acorta el tiempo para ser amigos de verdad, y luego hermanos... nada impide que seamos hermanos”.
Sostuvo que el Corán no ve al judío como un enemigo sino que, por el contrario, afirmó que el profeta Mahoma predicó que Dios le dijo que “no cabe la coacción en la religión” en el contexto de un encuentro con madres cuyos hijos se habían convertido del Islam al judaísmo. La situación actual en Medio Oriente no quedó fuera de agenda: sostuvo que ella debe analizarse desde la moderación, el rigor teológico y el conocimiento serio de la historia, reconociendo los errores y aciertos de todos los actores involucrados.
El sheik reafirmó que es fundamental el papel de la crítica y llamó al ejercicio de la autocrítica como un factor de suma importancia en estos tiempos, tanto la autocrítica de las políticas perseguidas por los árabes así como también de las acciones de Israel, y abogó por el diálogo abierto entre las comunidades. Mantuvo su posición respecto de que es inaceptable negar la Shoá de los judíos, pero advirtió que la opresión y la tristeza vivida por el pueblo judío a lo largo de la historia no tiene que impedirles llegar ahora a ver a los otros pueblos aún oprimidos. “Existieron y existen otras minorías oprimidas”, dijo, y colocó a los judíos como nación que conoció la esclavitud, en la posición de reconocer mejor que nadie a los seres humanos que aún no han roto las cadenas para luchar junto a ellos contra todo tipo de opresión.
El llamado constante al diálogo recorrió todo el encuentro: el escritor y analista político argentino Julián Schvindlerman llamó a proteger el diálogo entre musulmanes, judíos y cristianos, pero lamentó que la opinión del sheik fuera una voz minoritaria y aislada dentro de la opinión general de los líderes del Islam. El poder nuclear de Irán fue uno de los ejes que abordó en forma directa: representa hoy la mayor amenaza hacia Israel. Y ubicó al fenómeno del terrorismo islámico entre los conflictos más trascendentes dándole una real magnitud a la situación: consignó que varias agencias de inteligencia internacionales revelaron su preocupación por el avance de células islamistas en la región, y pasó revista a las preocupantes situaciones que se conocen en Nicaragua (en poco tiempo será la mayor representación diplomática de Irán en el continente), Bolivia, Ecuador y Paraguay.
También dio algunos detalles muy explícitos sobre el alcance de la alianza estratégica entre el presidente venezolano Hugo Chávez y el régimen iraní. Con relación a la Argentina, aportó algunas cifras resonantes sobre el crecimiento del comercio bilateral con Irán, y mencionó como hecho destacado el retiro de la candidatura del embajador Pfirter a la presidencia de la Organización de las Naciones Unidas sobre Asuntos Nucleares. Advirtió que resulta peligroso para la región no sólo la nueva presencia islamista, sino el desconocimiento en la materia tanto de las elites políticas como de la sociedad en general de lo que esta amenaza significa y de cómo lidiar con ella, lo cual aleja la posibilidad de formular una estrategia. Analistas políticos de la B’nei Brith, el Centro Simon Wiesenthal y la Anti-Difamation League coincidieron en que las amenazas que se ciernen en el mundo para los judíos “contagian” a los países de la región latinoamericana, tradicionalmente más alejados o aislados de estos conflictos.
El rabino colombiano Alfredo Goldschmidt y el abogado Luis Alberto Prieto Vargas (miembro pionero de la comunidad convertida al judaísmo en Bogotá) compartieron las experiencias grupales de acercamiento y conversiones al judaísmo sucedidos en Colombia y Perú. En el último tiempo hubo una conversión de poco más de 100 personas al judaísmo, muchos de origen indígena, y hay unos 300 más aguardando completar su proceso de conversión. Lamentablemente no son fácilmente aceptados por la comunidad judía colombiana que con no más de cinco mil miembros parece enfrentarse a este fenómeno con desconfianza y temor.
Los judíos históricos ignoran si las conversiones masivas fueron realizadas de forma correcta, siguiendo los ritos y exigencias establecidos, y desconfían de los motivos. A esto se suma que las personas que se convierten, muchas veces luego de largos años de estudio y observancia religiosa, son judíos muy observantes de los preceptos, muchos de ellos ortodoxos, lo cual pone en crisis a una comunidad básicamente liberal o laica. Los judíos tradicionalistas colombianos se sienten ignorados e interpelados por estos nuevos miembros tan escrupulosos en la vida judía, y los conversos a su vez se sienten discriminados, dado que no pueden acceder a la comunidad de forma colectiva. Como consecuencia, los que no se mudan inmediatamente a vivir su nueva existencia a Israel, debieron crear su propia sinagoga e instituciones. Colombia no es el único país de Latinoamérica donde se está verificando esta extraña vuelta hacia el judaísmo de individuos o colectivos muchas veces de procedencias aisladas y hasta remotas. Se ven también muchos casos en Guatemala, México o Perú.
El caso peruano fue presentado por la periodista argentina Graciela Mochkofsky, autora de La Revelación, donde relata la historia de una comunidad de las montañas de Perú que hizo una conversión religiosa a través de la lectura de la Biblia y que terminó viviendo de forma ortodoxa en Israel. Este es un caso particular dado que la conversión no se dio como resultado de la convivencia con la comunidad judía local sino a través de la lectura directa del Antiguo Testamento, o Torá. Esta comunidad cristiana de la selva amazónica descubrió la propia curiosidad e investigación teológica de su líder, que el pueblo de Dios es el judío y por lo tanto ellos decidieron ser judíos, y es así que comenzaron a vivir como judíos ortodoxos por más de veinte años, sin ser aceptados por la comunidad judía de Lima, hasta que finalmente fueron reconocidos por el Estado de Israel adonde hoy viven con sus hijos y nietos, ya israelíes de primera generación.
Estos dos casos expusieron uno de los tantos debates pendientes que comenzaron a esbozarse en la histórica Cartagena de Indias.
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SEGUNDA PARTE:
Como colorario, no podemos dejar de mencionar que la Fundación Abravanel ha tenido una exitosa participación en este renombrado Encuentro.
Agustín Zbar se destacó como panelista en el Workshop “Política Comunitaria: Estado de Situación Respecto a la Legislación Antidiscriminatoria y Antiterrorista en América Latina: Experiencias, Casos y Alcances. Pensando en Forma Preventiva”.
Allí, tuvo la oportunidad de exponer en detalle el estado de la cuestión en materia de derecho internacional, legislación antidiscriminatoria y legislación antiterrorista en el mundo y particularmente en la Argentina, siguiendo el eje de análisis trazado en el libro “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista”, publicado por nuestra Fundación a fines de 2008.
El panel en cuestión estuvo también integrado por Julio Schlosser (Buenos Aires, Argentina, Vicepresidente 2do de la DAIA y secretario de la AMIA), Jorge Elbaum (Buenos Aires, Argentina, Director Ejecutivo de la DAIA), y Eduardo Kohn (Montevideo, Uruguay, Director para América Latina B’nai B’rith Internacional). El Presidente del panel fue Andrés Zeldis Guiloff (B’nai B’rith, Santiago, Chile) y el Coordinador del mismo, Alberto Jabiles (B’nai B’rith, Caracas, Venezuela).
Asimismo, Zbar fue Coordinador del panel titulado “La Eficiencia y la Eficacia de la Estrategia y el Trabajo de las Organizaciones Políticas Comunitarias Americanas en Relación a Temas Vinculados con Antisemitismo y Antisionismo para dentro y fuera de los Estados Unidos”.
El mencionado panel contó con reconocidas personalidades internacionales como expositores: Julian Schvindlerman (Buenos Aires, Argentina, Periodista), José Kavana (Estados Unidos, AIPAC), Liat Altman (Estados Unidos, Anti-Defamation League) y Dan Mariaschin (Estados Unidos, Vicepresidente Ejecutivo de B’nai B’rith). Como Presidente del panel se encontraba Oscar Olender (Presidente de Sociedad Hebraica Argentina, Buenos Aires, Argentina).
Nuestra querida institución fue, asimismo, presentada en el Encuentro dentro del marco de Presentación de Proyectos Institucionales, donde se relató el nacimiento y crecimiento de la Fundación Abravanel, haciendo un racconto de los eventos y logros más importantes que se alcanzaron en el último año.
Por su parte, la Lic. en Relaciones Internacionales, Brenda Finkelstein, investigadora de la Fundación Abravanel, quien había sido previamente seleccionada por el JOINT para ser miembro del grupo de 12 jóvenes invitados especialmente al evento, con respecto a su experiencia relató que:
“La participación de los jóvenes en este tipo de encuentros es de suma importancia, dado que se logra un espacio de diálogo abierto donde los dirigentes de las comunidades judías en la actualidad, educadores, profesionales y académicos pueden compartir ideas, enseñanzas, dudas y consejos con los líderes de la juventud, que serán los dirigentes del mañana. Estoy muy contenta de haber podido participar de una experiencia de esa magnitud que sin duda me ha resultado un aprendizaje que continua aún a mi regreso a Buenos Aires”.
domingo, 7 de junio de 2009
La Fundación Abravanel en el 11º Encuentro de Dirigentes de Instituciones y Comunidades Judías Latinoamericanas y del Caribe
viernes, 8 de mayo de 2009
Polémicas reflexiones en la presentación de la obra de la Fundación Abravanel en la 35º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires
El pasado lunes 4 de mayo de 2009 se llevó a cabo la presentación del libro "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista" de la Fundación Abravanel, en el ámbito de la 35º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires.
El evento co-organizado con la AMIA se llevó a cabo en la Sala Roberto Arlt del Pabellón Ocre y contó con la participación de un prestigioso panel integrado por el Doctor Carlos Escudé, la periodista Romina Manguel y el escritor Marcelo Birmajer. La coordinación del panel estuvo a cargo de Agustín Zbar.
El Dr. Zbar como anfitrión del evento presentó a los oradores y contó brevemente las razones que han impulsado al equipo de Abravanel a considerar la cuestión de la necesidad de una legislación antiterrorista, como un asunto de interés para la Argentina y para la región de América Latina.
Por su parte, al tomar la palabra el Dr. Escudé hizo hincapié en considerar que, en su opinión, la Fundación con esta publicación ha prestado un servicio al país y a las democracias del mundo.
Asimismo, elogió el “impecable ejercicio lógico deductivo” que según su criterio se refleja en el libro y deja sin argumentos a quienes intentan favorecer a los grupos terroristas. Esto, por cuanto consideró por demás acertada la tesis del libro, que en pocas palabras dice que, si bien no contamos a nivel internacional, a la fecha, con una definición unánime de lo que es el terrorismo internacional, sí sabemos qué tipos de actos lo constituyen. Y lo sabemos pues la comunidad internacional se ha ocupado de definir una serie de conductas consideradas como terroristas, de tipificarlas, intentar prevenirlas, combatirlas y por supuesto, castigarlas.
Escudé resaltó, asimismo, en coincidencia con lo expresado en la obra de la Fundación, que parte del desacuerdo a nivel internacional que impide la obtención de una definición unívoca del concepto de terrorismo internacional, se basa en la delgada línea que separa a las organizaciones terroristas de las organizaciones de liberación nacional.
Según el académico, apelando a esta confusión generalizada, el presidente Venezolano Hugo Chavez se dirigió a la Comunidad Internacional pidiendo que se sacara a las FARC de las listas de agrupaciones terroristas.
Dice Escudé, que en ese sentido, el libro de Abravanel “resuelve el caso” desde el punto de vista jurídico, pues ( y siempre según Escudé) los autores explican por medio de un ejercicio lógico que no es necesario considerar a las FARC como grupo terrorista, pues basta con analizar sus conductas, ya que si un grupo o individuo lleva a cabo un acto considerado como de terrorismo según los principios internacionales en la materia, entonces eso bastará para que se le aplique el sistema creado a nivel mundial y regional para prevenir y combatir el terrorismo. Es decir que se trata de un criterio objetivo, basado en la perpetración de un determinado acto y no de un criterio subjetivo.
Al final de su disertación el Dr. Escudé planteó un interrogante que según su criterio no ha sido resuelto por la obra de la Fundación, por constituir una cuestión política y no jurídica, que excede los alcances del libro “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos”:
¿Cómo es posible combatir el hecho de que ciertos liderazgos han convencido a una parte de la humanidad que el martirologio es una opción válida? En ese sentido, dejó planteado el interrogante de si acaso las convenciones internacionales y los esfuerzos de la legislación adoptada en el seno de cada país alcanzan para combatir este tipo de flagelo y sus nefastas consecuencias.
Por su parte, la periodista Romina Manguel, quien tomó la palabra inmediatamente después, efectuó un muy interesante racconto histórico sobre el dictado en la Argentina de la mal llamada “Ley Antiterrorista”.
Recordó que el primer proyecto de ley sobre el tema databa de un proyecto impulsado por el Diputado Pichetto, de 1995, habiendo pasado por varias comisiones, hasta caer en el olvido por un periodo de aproximadamente dos años. Luego, en 1997, Manguel relató que el proyecto en cuestión resurgió de la mano del mismo diputado, quien insistiría para que se lo votara. Por ese entonces el proyecto sería tildado de “fascista” por Nilda Garré. Por su parte, contaba Manguel, Melchor Cruchaga habría manifestado respecto del proyecto: “este miércoles damos el debate”… frase que quedaría en el olvido pues el proyecto no volvería a ser retomado hasta 5 años después.
Con ironía Manguel nos recordó una tapa del Diario Clarín del año 2003 que citaba al por entonces Ministro de Justicia, Gustavo Beliz, manifestando: “El gobierno enviará en breve la ley antiterrorista al Congreso”, luego de lo cual, tampoco sucedió tal cosa.
También puso en conocimiento de los presentes que ese mismo año se dio un debate en el seno de la Comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico de la H. Cámara de Senadores de la Nación.
El objetivo del debate era tratar el mismo proyecto de ley presentado por el diputado Pichetto pero con la profundidad de un debate robusto.
A tales efectos se convocó a varios intelectuales y especialistas, entre lo cuales Manguel recordó al Dr. Víctor Abramovich, por entonces Director Ejecutivo del Centro de Estudios Legales y Sociales, al Dr. Marcelo Sain, autor, entre otras obras, de "Seguridad, Democracia y Reforma del Sistema Policial en la Argentina", y que por ese entonces ya se había desempeñado como viceministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y, trabajaba como uno de los directores de la Unidad de Información Financiera (UIF), y al Dr. Alberto Bovino, docente, autor y consultor internacional en temas de Derecho Penal, Procesal Penal y Derechos Humanos.
Manguel nos relató que tanto Abramovich como Sain fueron duros en sus críticas para con el proyecto. Pero resaltó en particular las palabras del Dr. Bovino, quien se refirió al proyecto como “una especie de tratado de nulidades de todas las garantías fundamentales del derecho penal y procesal penal” y que ante las risas que se escucharon en ese momento en el recinto, el Dr. Bovino enseguida se ocuparía de acotar: “Lo digo con seriedad.”
La periodista terminaría el relato del debate con desilusión, pues según consta en las actas a las que pudo acceder, el “gran debate académico” apenas había durado dos horas.
Finalmente, la mal llamada “ley antiterrorista” no sería votada hasta el año 2007, cuando el Poder Ejecutivo enviaría finalmente, y por presiones del GAFI, un proyecto de reforma (parche) al Código Penal Argentino y que sería votado en pocos días tanto por Diputados como por Senadores, cargándose con más de 11 años de supuesto “debate” sobre los alcances de la legislación antiterrorista en Argentina. (Sobre las críticas y aciertos a la mal llamada “ley antiterrorista” argentina, Nº 26.268, invitamos a nuestros lectores a leer la obra “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista”, Capítulo II. )
Por último, tomó la palabra el escritor y guionista Marcelo Birmajer, quien comenzó su disertación relatando una anécdota de su infancia en la que durante un viaje familiar, él había cuestionado la existencia de semáforos en el camino de sus vacaciones, en el sentido que esos semáforos constituían obstáculos para llegar más rápido al ansiado destino. Hoy, repensando ese comentario infantil reflexionaba en torno al símbolo del semáforo como el límite necesario para poder efectivamente llegar a destino, es decir, sin esos límites, muy factiblemente él y su familia se hubieran accidentado. Esta clara metáfora de la ley, sostuvo Birmajer, está reflejada en la idea del libro de la Fundación Abravanel en el que se desarrolla un análisis de la normativa antiterrorista haciendo hincapié en la necesidad de luchar contra este flagelo con límites legales, o “semáforos”. Consideraba Birmajer que si bien muchas veces la reacción instintiva es reprimir y detener a los terroristas sin “semáforos” es decir, sin cumplir con la ley – con tal de apresarlos y evitar que sus propósitos se cumplan-, pero si esto efectivamente fuera así, nosotros mismos como civilización occidental, desaparecíamos, pues sin estos límites, el combate contra terrorismo no tiene sentido. Incluso expresaba que él preferiría no combatir al terrorismo si en el ese combate fuera necesario sacrificar los valores más caros de nuestra civilización, como la libertad, la dignidad y la unicidad de la vida humana.
En este sentido, se refirió a los valores del pueblo judío recordando el valor de la vida ante todo, pero no de cualquier manera.
Asimismo, generó polémica al argumentar que si Osama Bin Laden hubiese triunfado en la guerra con los Estados Unidos y hoy Irak fuese el país más poderoso de la tierra, sin lugar a dudas, nunca un hombre negro hubiera podido llegar a ser presidente de éste. Pero, habiendo sido Bush y los Estados Unidos quienes salieron triunfantes, hoy el mundo puede decir que el presidente del país más poderoso del planeta y mayoritariamente blanco es un afroamericano, es decir, una persona perteneciente a una minoría que ha sido sistemáticamente discriminada en la historia pero que gracias a la democracia constitucional vigente en los Estados Unidos, ha mejorado ostensiblemente el nivel de reconocimiento de derechos civiles y políticos.
En cambio, según Birmajer, si hubiesen triunfado los valores del fundamentalismo reaccionario de Bin Laden, los principios vigentes serían: la segregación racial, la discriminación contra las mujeres y la opresión de las minoría, entre otros.
Agradecemos especialmente a los tres panelistas por haber compartido con nosotros este marco de reflexión en la 35º Ferial del Libro de Buenos Aires 2009. Cada uno ha aportado desde su particular enfoque, una nueva y profunda mirada a la obra de la Fundación Abravanel intitulada “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista” .
martes, 28 de abril de 2009
Escudé, Birmajer y Manguel junto a la Fundación Abravanel en la 35º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires
Los esperamos a todos el próximo lunes 4 de mayo a las 20.00 hs –puntual- en la Sala Roberto Arlt del Pabellón Ocre de la Feria del Libro, donde presentaremos el libro "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista”, obra de nuestra fundación, editada por Eudeba.
El prestigioso panel para la presentación del libro de la fundación estará integrado por el Doctor Carlos Escudé, el escritor Marcelo Birmajer, y la periodista Romina Manguel y será coordinado por Agustín Zbar.
Se podrán retirar entradas en el Stand de AMIA Nº 2221, del Pabellón Amarillo.
Para saber cómo llegar a la Feria del Libro, haga click aquí.
Los esperamos!
lunes, 23 de marzo de 2009
Agustín Zbar disertó sobre "Democracia, Constitución y Terrorismo"
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El pasado miércoles 18 de marzo se llevó a cabo el 4º Seminario sobre Terrorismo Internacional en conmemoración del 17º Aniversario del atentado a la Embajada de Israel en Argentina, en el Auditorio Roca de la Universidad de Belgrano, organizado por esa alta casa de estudios y la Embajada de Israel, con la participación como disertantes del invitado especial, Prof. Ely Karmon, Investigador Senior del Instituto de Contraterrorismo del Centro Interdisciplinario en Herzlya, Israel, Jorge Castro y nuestro Presidente, Agustín Zbar.
Asimismo, tuvimos el honor de contar con el Prof. Karmon, por la tarde, en el Salón Verde de la Universidad de Buenos Aires, quien disertó para los alumnos de la Carrera de Derecho de la UBA, tanto los del curso del Dr. Zbar como los del curso del Dr. Omar Álvarez.
A continuación y a pedido de los participantes, trascribimos las palabras de Agustín Zbar en el evento de la UB:
“Democracia, Constitución y Terrorismo”
Los tres conceptos que titulan mi ponencia, se encuentran relacionados entre si de una forma que resulta interesante explorar. A tal fin, y a modo introductorio del presente debate, habré de proporcionar definiciones de conceptos jurídicos tan sustanciales como “Democracia”, “Constitución” (o principios constitucionales y régimen constitucional de gobierno) y finalmente, “Terrorismo”.
Luego de intentar estas precisiones terminológicas, exploraré con Uds. varias tensiones que se producen entre los conceptos, en particular aquella que el terrorismo plantea tanto a la democracia como al sistema político asentado en principios constitucionales (o Constitución).
Asimismo, procederé a comentar a medida que vayamos avanzando, algunas ideas que he extraído de dos juristas norteamericanos; Richard Posner y Ronald Dworkin, quienes han analizado recientemente estos problemas desde diferentes puntos de vista teórico-conceptuales y que representan, a mi juicio, de manera bastante precisa tanto la visión conservadora – Posner- como la posición liberal o progresista – Dworkin-, en lo referido a las soluciones que el derecho debe adoptar frente a los casos difíciles que se presentan al aplicar los instrumentos legales-procesales generales, a las acciones de organizaciones terroristas.
De lo que en concreto estamos hablando cuando analizamos la cuestión del terrorismo desde una perspectiva constitucional, no es otra cosa que de los institutos procesales relacionados con la investigación, detención, intervención, procesamiento, condena y prevención de los sujetos sospechados de estar involucrados en actos de terrorismo internacional. En otras palabras, estamos hablando de las detenciones administrativas temporalmente limitadas, de los interrogatorios de los sospechosos, del acceso inmediato a abogado, de intervenciones de mails y teléfonos, todo ello, sin mayor intervención judicial previa frente a una amenaza terrorista inminente.
Veamos a continuación algunas definiciones relevantes para el desarrollo que sigue.
"Democracia":
Existe un acuerdo bastante generalizado en relación a que dos características fundamentales definen a un sistema democrático.
La más básica, mínima o fundamental, aquella que resulta como una condición necesaria para identificar a una sociedad como democrática, es la regla de la mayoría, la elección de los gobernantes por mayoría de votos iguales, y la existencia de mandatos temporales para los gobernantes renovables limitadamente en elecciones periódicas para cubrir regularmente su reemplazo.
La segunda característica de la democracia exige cuestiones sustantivas: que existan opciones electorales posibles en el marco de un sistema plural de partidos políticos, con reglas de juego previsibles e igualitarias para las campañas electorales, para los aportes de dinero, etc.…
También parece fundamental la garantía de la libertad de expresión de los ciudadanos y sus dirigentes, el derecho de reunión y la comunicación política por medios masivos de información. El ejercicio libre del periodismo, y una suficiente educación del pueblo soberano para que realmente las elecciones sean expresión de libre albedrio, son también rasgos sustantivos de una democracia completa. Estos, entre otros, son derechos fundamentales que hacen a la calidad de la democracia. Son susceptibles de grado, de existir en más o menos, pero cumplidos los mínimos estándares identificamos a una sociedad como plena o realmente democrática, cuando cumple con la primera condición, necesaria, y también con esta segunda condición de suficiencia.
"Constitución":
Estas características sustantivas de la democracia nos llevan al concepto de Constitución. Ya que sabemos que vivimos en una democracia CONSTITUCIONAL, esto es, la regla de las mayorías pero calificadas o restringidas por la Constitución. La Constitución también tiene dos componentes fundamentales: una carta de derechos individuales (a algunos los llamamos derechos humanos y a otros derechos civiles o políticos) –este es el Contrato Social- y una cierta organización del poder –el Manual del Sistema- que nos indica cómo se ejerce el poder. Los derechos son en principio ilimitados, al menos en su núcleo, y los poderes estatales son por principio restringidos o limitados.
La Constitución como pacto nacional o contrato fundacional, está basada en axiomas que sostienen moralmente los derechos fundamentales de las personas como verdaderos, y por ende reconocidos y no meramente concedidos por el Estado.
Es claro, en este sentido, que la Constitución limita la democracia, le impone barreras que la regla de la mayoría normalmente no puede sobrepasar. El sistema está construido para preservar los derechos de todos los ciudadanos (o de todos los habitantes) en condiciones de igualdad, y por lo tanto no es posible que por mayoría se impongan violaciones generalizadas de derechos.
El sistema prevé la invalidación de decisiones contrarias a los principios morales que lo sostienen. Estas limitaciones constitucionales a la regla de la mayoría no provienen solamente del sistema jurídico nacional, sino que en muchos casos también son los sistemas jurídicos multinacionales los que imponen restricciones externas. Por ejemplo en la Argentina los pactos internacionales incorporados a la Constitución nacional trajeron consigo las decisiones de las Cortes Internacionales, cuyos fallos tienen jerarquía superior a los de nuestros tribunales supremos y son obligatorios para nuestros poderes estatales.
La Constitución, en su segundo aspecto, es como dijimos, un manual sobre la organización y el buen funcionamiento del poder del Estado: es el texto que nos indica qué cosas pueden hacer los distintos funcionarios que transitoriamente ejercen poderes superiores a los del resto de sus conciudadanos.
En este sentido la Constitución también limita la democracia, pues la regla de la mayoría debe practicarse a través de las reglas de juego fundamentales marcadas por la Constitución. Algunas de estas reglas también tienen un valor absoluto: por ejemplo, la que prescribe la necesidad de que los jueces sean independientes en la aplicación de sus criterios legales, y la posibilidad de revisar condenas.
Muchos autores, desde Rousseau hasta Habbermas v.g, han postulado que el funcionamiento de estos sistemas, el de la democracia y el de la Constitución, pueden verse como un diálogo social, como una manera de procesar opiniones, visiones, diferencias de intereses y de derechos, logrando una resolución final que comprenda de la mejor manera un resultado mínimamente satisfactorio para todos los involucrados. En el mismo sentido, Carlos Nino postuló la superioridad de una Constitución de la Democracia Deliberativa, como sucedáneo de la práctica de la discusión moral en la búsqueda de valores universalmente válidos para la humanidad.
"Terrorismo":
Según Michael Walzer, el terrorismo es el asesinato aleatorio de personas inocentes impulsado por la esperanza de producir un temor generalizado.
El especialista en la materia, Hans-Peter Gasser, en su moderno estudio “Prohibición de los actos de terrorismo en el derecho internacional humanitario”, analiza la percepción común del significado del terrorismo, proponiendo los siguientes elementos para su encuadre: el terrorismo a) Implica violencia o amenaza de violencia contra personas civiles corrientes. Ataca indiscriminadamente. b) Es un medio para alcanzar un objetivo político que supuestamente no podría lograrse por medios legales. c) Suele formar parte de una estrategia y ser cometido por grupos organizados durante un largo periodo de tiempo. d) Las víctimas son personas que no tienen influencia directa en los resultados pretendidos, como son las personas civiles corrientes. e) El propósito es aterrorizar a la población para favorecer la causa de los terroristas. f) El objetivo es humillar a los seres humanos.
Al respecto, cabe resaltar que la normativa internacional aún no ha podido brindarnos una definición universal de terrorismo por razones de índole política, pero sí ha podido legislar sobre determinados actos terroristas prohibidos para la comunidad internacional.
La vinculación entre los tres conceptos:
Sin lugar a dudas, el terrorismo es un enemigo acérrimo de la democracia constitucional. Es un enemigo radical, pues suele estar en desacuerdo con todos los postulados que antes mencionamos. No cree en derechos universales pre o meta constitucionales, ni en la regla de la mayoría, ni en la discusión y el debate basados en la libre elección de opiniones y argumentos. No cree en el libre albedrío ni en la racionalidad, desprecia los imperativos categóricos Kantianos de universalidad y dignidad de las personas.
El terrorismo internacional que conocemos es un fenómeno relativamente nuevo, aparecido en el Siglo XX pero transformado en el Siglo XXI, con la revolución en la tecnología de las comunicaciones, en una amenaza global.
Una amenaza dirigida a todas las democracias liberales del mundo, comenzando por las del propio mundo árabe e Israel, y siguiendo por los EEUU y Europa. América Latina, por su carácter periférico y dependiente, es también un terreno fértil de interés para su geopolítica, como lo hemos comprobado desde 1992, 1994 y hasta el presente.
Es muy importante entender que el mensaje del terrorismo no es “político” en el sentido dialógico de la palabra. No considera a los seres humanos como dotados de una dignidad individual. Cada uno no cuenta en si mismo. Por el contrario, la acción terrorista pretende alcanzar la sujeción individual (de los civiles) y colectiva (del pueblo).
El filósofo Michael Walzer al respecto expresa que: “Los terroristas (…) no sólo devalúan a los individuos a quienes matan sino también al grupo al que pertenecen los individuos. Muestran la intención política de destruir, desplazar o subordinar de manera radical a esas personas en tanto que individuos, y a ese “pueblo” en tanto que colectivo. Por consiguiente, aunque todos los terroristas son asesinos, no todos los asesinos son terroristas. La mayoría de los asesinos trata de matar a personas concretas. Los terroristas matan de manera aleatoria en el seno de un grupo concreto de personas. El mensaje que tramiten va dirigido al grupo. No los queremos aquí. No los aceptamos ni haremos las paces con ustedes. No los admitiremos como conciudadanos ni como socios en ningún proyecto político. Ustedes no son candidatos a la igualdad, y ni siquiera lo son para la coexistencia”.
Estas palabras demuestran claramente lo profundamente anti-democrático y anti-igualitario del fenómeno terrorista.
“La Constitución no es un pacto suicida” sentencia para abrir la polémica el constitucionalista norteamericano Richard Posner. ¿A qué se refiere con esto? ¿Cómo garantizar seguridad con las manos atadas? ¿No es legítimo reinterpretar, rebalancear derechos con seguridad frente a esta amenaza?
Si bien Posner aplica su pregunta a la Constitución norteamericana, podemos formularla aquí, y en muchos países. Esto no pudo ser previsto por el constitucionalista argentino en 1853, y lamentablemente no estuvo en la agenda de la constituyente de 1994, -a pesar del antecedente del atentado terrorista contra la Embajada de Israel en Argentina en el año 1992, y de que mientras se realizaban las sesiones de la convencional constituyente, explotaba la sede de la AMIA/DAIA-.
Posner sostiene que toda esta cuestión podría circunscribirse al clásico dilema constitucional basado en la ponderación de las libertades individuales frente a la seguridad comunitaria, es decir, al siguiente interrogante: ¿hasta qué punto estamos dispuestos a reglamentar (y hasta suspender en algún caso) libertades, derechos y garantías constitucionales como respuesta legítima frente a una amenaza como la del terrorismo internacional? Posner pone en un lado de la balanza los derechos y en el otro lado la seguridad, y propone una ponderación de prioridades de acuerdo a las nuevas circunstancias planteadas en el mundo.
Ronald Dworkin, en cambio, desde una perspectiva más liberal, rechaza de plano el planteo de que sea bueno balancear derechos individuales con la seguridad interior. Él afirma que: "el Estado debe tratar a todos los habitantes con una cierta “actitud”, esto es un respeto básico a la dignidad de cada persona que inhibe, a la sociedad o al Estado, de realizar prácticas que deshonren a quien las sufre pero fundamentalmente a la sociedad que las practica. Algo así como el concepto de la “sociedad decente” del filosofo israelí Avishail Margalit.
Por su parte, Posner nos propone pensar el terrorismo como un género novedoso para el derecho, ubicado entre la delincuencia social de gran escala tratada por las leyes penales comunes, y el derecho de la guerra, válido en caso de conflicto armado. Sostiene este autor que parece más impropio aplicar al combatiente terrorista el derecho penal pensado para la delincuencia común que el derecho militar prescripto para la guerra. Pero aboga por una legislación especial, o por decisiones judiciales que reinterpreten los derechos registrando las características peculiares de este fenómeno moderno.
Dworkin, en cambio, sin rechazar la posibilidad de emplear respuestas específicas a los casos límites o dilemáticos (como el del interrogatorio “agresivo” de un prisionero que conoce el lugar repleto de civiles donde se encuentra la bomba a punto de estallar) no está seguro de que la amenaza sea tan grave como se la plantea, y aboga por una respuesta que no ofenda la dignidad humana de quien la ofrece.
Yo creo que existen dos posibles respuestas jurídicas a este dilema, respuestas que dependerán del grado de amenaza con la que se encuentre el Estado de Derecho al enfrentarse con este mal del siglo XXI.
La primera de las respuestas es a la que le denominaré “normal”, y sobre la que me explayaré un poco más adelante.
La segunda de las respuestas jurídicas posibles es la que denomino “excepcional” y a la que sólo se debe recurrir como ultima ratio, en caso de emergencia institucional insuperable por otros medios.
Esta respuesta última que provee nuestra Constitución en el instituto del Estado de Sitio, consiste en la suspensión de ciertas libertades y garantías individuales con el fin de salvaguardar a la propia Constitución (y los derechos que ella reconoce), la comunidad toda y al Estado de Derecho.
Resulta evidente, que la respuesta “excepcional” es la herramienta que nos provee la propia Constitución para evitar el “pacto suicida” denunciado por Posner, y nunca deseado por los padres fundadores de la Nación.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que esta posibilidad de emergencia, se encuentra en extremo limitada por la propia Constitución y las normas internacionales de Derechos Humanos vigentes, para evitar lo que muchos autores con sapiencia han bautizado como “el estado de excepción permanente” del que el Estado ha hecho uso y abuso en reiteradas oportunidades durante el último siglo.
Al respecto, cabe recordar la tesis de Giorgio Agamben (quién retoma una idea de Walter Benjamín), quién con lucidez, pero a mi modo de ver en forma extrema, ha advertido el peligro que entraña la aplicación de la idea del estado de excepción como artilugio legal muchas veces utilizado para evadir la legalidad misma; “como ese momento del derecho en el que se suspende el derecho, precisamente para garantizar su continuidad e inclusive su existencia”.
Parece históricamente evidente, a la luz de la nefasta experiencia de la Constitución de Weimar con el nazismo y sus apologistas (véase Carl Shmitt), o cuando vemos el modo totalmente abusivo en el que dictaduras militares, como la de este país, ejercieron en estado de Sitio permanente la represión del terrorismo internacional en los años 70 y 80, arrasando con los derechos humanos y con todo vestigio de orden democrático. El combate del terrorismo por fuera del Estado de Derecho es imposible pues implica el triunfo conceptual del terrorismo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos resulta una buena guía al momento de evaluar la legalidad de la excepción constitucional. Aquella no la considera prohibida según la normativa de derechos humanos sino limitada a casos extremos en donde “la misma supervivencia del Estado de Derecho se encuentre en juego” o “sea necesaria para preservar la continuidad del Estado”.
Es decir que el estado de excepción normativamente hablando no es imposible en nuestro sistema, tanto porque la propia Constitución lo permite con límites (temporales y cualitativos) como por la normativa internacional lo contempla, toda vez que la propia vida institucional del Estado se encuentrara amenazada.
Ahora bien, ¿es en la actualidad la amenaza del terrorismo internacional resorte en nuestras latitudes para esta respuesta normativa excepcional?
Sin lugar a dudas, y pese a los atentados de 1992 y 1994, aún no lo es.
No nos encontramos ante una situación desesperante en donde la ultima ratio del Estado de Derecho-Constitucional deba ponerse en funcionamiento para evitar “el suicidio institucional” del que habla Posner.
Sin embargo sería suicida relajarse y bajar los brazos, y mucho peor no tomar conciencia o justificar el terrorismo en cualquiera de sus formas en el mundo, ya que la amenaza existe latente entre nosotros en tanto no se ha esclarecido la autoría de los atentados de los años 90 y su madeja de complicidades local.
Es por ello, que hoy nos encontramos ante el desafío y el deber de encarar el justo combate contra el terrorismo internacional mediante aquella primera respuesta jurídica a la que hice referencia antes y que tiene que ver con un estado de “normalidad”.
El nivel de la amenaza terrorista en la actualidad se encuentra dentro de los parámetros “normales” del mundo de hoy: es decir, que resulta una posibilidad cierta más no inminente.
Un Estado de Derecho moderno y activo en la defensa de sus habitantes, debe diseñar en ese marco de “normalidad” respuestas “normales” para la amenaza terrorista. La respuesta “normal” por antonomasia es el dictado de legislación anti-terrorista autónoma, omnicomprensiva e integral de la cuestión.
La Argentina, como todos sabemos, pese a haber avanzando con una reforma al Código Penal en materia de control del financiamiento de actividades terroristas, no cuenta a la fecha con una ley anti-terrorista autónoma que regule cuestiones esenciales como la tipificación de los distintos actos terroristas, procedimientos de investigación específicos, la protección de testigos, la imprescriptibilidad, el seguimiento de actividades específicas de ciertas organizaciones o personas, etc...
Considero que todo ello está claramente permitido por la Constitución, dadas las nuevas circunstancias mundiales, mediante la reglamentación de los derechos individuales bajo el estándar de la “razonabilidad” de las medidas que se tomen, sus protocolos y sus normas (Art. 28 CN).
Pensamos que el desafío que el terrorismo internacional, como fenómeno global expansivo y masivo, propone a nuestro Estado de Derecho amerita el dictado de una ley penal anti-terrorista razonable en este marco de normalidad.
Creo en este sentido, que gran parte del fracaso en las investigaciones a los atentados contra la Embajada de Israel como contra la AMIA, derivan de la ausencia de normativa específica y adecuada para investigar y condenar el accionar terrorista.
Más aun, estoy convencido de que las nulidades planteadas en el curso de las investigaciones de los atentados a la AMIA y que han redundado en una agraviante impunidad, en gran parte tienen que ver con la aplicación sin más de las normas del Código Penal y Procesal Penal, pensadas para crímenes comunes o sociales, a delitos complejos de naturaleza totalmente diferente como son los del terrorismo.
Pienso que, además, se han perdido muchas pruebas y líneas investigativas, por no contar con una legislación específica anti-terrorista que permitiera un equilibrio razonable entre la búsqueda legítima de los culpables y las garantías procesales y legales de los sospechosos. En vez de eso, quienes fueron imputados gozan de libertad en Irán o Siria y en Buenos Aires, y se ha llegado a sospechar e imputar a las propias víctimas por perseguir justicia.
Ello jamás podría haber ocurrido si se hubiera advertido que el terrorismo internacional es diferente al crimen común; si se hubiera comprendido su naturaleza antisistema y se lo hubiera perseguido con instituciones jurídicas específicas e idóneas.
Recordemos que, como también expresa el citado Posner, el terrorismo como hecho punible no reviste ni la entidad de los crímenes de guerra ni la del hecho delictivo común. El acto de guerra es regulado por el Derecho Internacional Humanitario, aplicable sólo en conflictos armados, el hecho delictivo común es regulado por la legislación penal común. Me pregunto ¿Por qué habríamos de juzgar al terrorismo como si fuera un crimen bélico, cuando no siempre se da en un conflicto armado, o como un delito común cuando a todas luces es algo distinto?
No debemos asustarnos si decimos que una ley anti-terrorista habrá de regular, y hasta incluso acortar, ciertas garantías procesales penales con miras a obtener resultados positivos y evitar la consumación del acto terrorista y la muerte de civiles inocentes. No debemos asustarnos, siempre que la norma se ate a un estándar constitucional válidamente aceptable para los fines que se persiguen, con razonabilidad. Ello implica que los institutos anti-terroristas que legislativamente se pudieran crear deberán respetar la proporción entre medios y fines y el principio de menor lesividad.
Nuestra Constitución Nacional sin lugar a dudas constituye, como todo otro catálogo de derechos, un manifiesto deontológico. Pero a la vez, como pretende ser flexible, razonable y justa, reconoce el valor del equilibrio entre los derechos individuales, las consecuencias de los actos, así como la prohibición del suicidio colectivo institucional. El valor humanista que subyace a nuestra Constitución, a nuestra cultura y a nuestra civilización, nos torna en opositores naturales del terrorismo internacional.
Parafraseando a la brillante filósofa Argentina, Diana Sperling, el terrorismo internacional es, la maldad en la búsqueda de la “pureza” pues, contra lo que usualmente se ha entendido, el peor de los males en términos políticos radica en la intolerante búsqueda de la “pureza”: pureza de “sangre”, de “religión”, de “moral”, etc. No es necesario recordar, por ejemplo, que el nazismo cometió las peores las aberraciones en el camino hacia esa supuesta “pureza” racial. En ese sentido, el terrorismo internacional opera en forma idéntica: supone la supresión del otro, de la diferencia, en tanto que otro y diferente, y por lo tanto “impuro” y “herético”.
A fin de cuentas, la lucha contra el terrorismo es la misma lucha de antaño por la igualdad de hecho y el respeto por la diferencia.
La igualdad formal y decimonónica, hija de la Revolución Francesa, no basta en la actualidad para proteger a las minorías histórica y estructuralmente vulnerables de nuestras naciones.
En efecto, las minorías desaventajadas por haber sufrido siglos de discriminación sostenida en su contra, requieren de un estándar de igualdad más exigente.
Así, los pueblos originarios de nuestro continente, las minorías étnicas, las minorías religiosas y todos los grupos “diferentes” que han sufrido discriminación o desigualdades deben ser especialmente protegidos por los Estados.
La lucha por la igualdad real así como la ausencia de opresión de las minorías, constituyen deudas pendientes para nuestro país, la región y el mundo.
Considérese el impacto que tuvieron los atentados perpetrados por el terrorismo internacional contra la Embajada de Israel en Buenos Aires en 1992 y contra la Amia en 1994, para la comunidad judía argentina -minoría ésta que históricamente ha sufrido persecuciones y vulneraciones de derechos a lo largo de los siglos. La imagen de los pilotes de concreto frente a cada una de las instituciones de la colectividad luego de estos ataques resulta más que elocuente al momento de dar ejemplos del efecto profundamente discriminatorio que provoca este flagelo en todas sus manifestaciones. Los ataques de Buenos Aires lograron volver a separar, a disgregar, señalaron la diferencia para suprimirla, y eso debe preocupar a todos los argentinos de fe democrática.
La lucha por los Derechos Humanos y la Justicia no se circunscribe a lo meramente formal y local, sino que requiere un cambio profundo y transnacional.
En efecto, la igualdad como inclusión, requiere mayores esfuerzos por parte de los Estados en la protección de las minorías vulnerables. Pues la igualdad como no opresión resulta cercenada con cada acto terrorista que se consuma y se profundiza aún más con su posterior impunidad.
En este sentido, un respeto militante por las minorías en el sentido más igualitario del concepto, exige del Estado políticas activas de prevención global con el convencimiento de que el terrorismo internacional no es un fenómeno de los desesperados ni es una expresión política.
Todo lo contrario, e insisto en esta afirmación: el terrorismo internacional está fuera del campo de la política, ya que ella presupone disensos, diálogo y consensos.
El terrorismo es, como bien expresa el jurista Alan Dershowitz, una táctica deliberada que no puede ser justificada, y que ha avanzado en la operación de ciertos grupos criminales y fanáticos porque en el pasado ha logrado complacencia y ha demostrado ser "exitosa" para sus propósitos.
Con la historia reciente de la argentina no pueden caber dudas: para preservar la democracia constitucional y los derechos humanos, civiles y políticos, nuestra Constitución nos obliga a combatir por vías legales y nunca de hecho la injusticia que supone el terrorismo, un fenómeno que ataca a individuos inocentes y crea un colectivo devaluado.
Muchas gracias.
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jueves, 5 de marzo de 2009
Agustín Zbar en el Panel sobre Terrorismo Internacional en la Universidad de Belgrano

Invitamos a participar el próximo 18 de marzo en el Auditorio Roca de la Universidad de Belgrano, a las 10,00 horas, del "4º Seminario sobre Terrorismo Internacional" que se realiza en conmemoración del 17º Aniversario del atentado a la Embajada de Israel en Argentina.
Disertará Agustín Zbar sobre "Constitución, Democracia, y Terrorismo Internacional", en un panel junto a Alexander Ben Zvi, Director del Departamento para América del Sur de la Cancillería israelí; Ely Karmon, Investigador Senior del Instituto de Contraterrorismo del Centro Interdisciplinario en Herzlya; Jorge Castro, Presidente del Instituto de Planeamiento Estratégico; y Rosendo Fraga, Director del Centro de Estudios Nueva Mayoría.
El mismo día por la tarde, el Profesor Karmon dictará una clase magistral en la Facultad de Derecho de la UBA en el marco del curso sobre "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos" a cargo del Profesor Zbar, y los abogados Ariel Romano Angel y Gabriela Szlak.
La entrada a ambos eventos es libre y gratuita.
Hagan un click sobre la imagen para ver el programa completo en versión ampliada.
jueves, 4 de diciembre de 2008
La Fundación Abravanel presentó su primer libro en el Honorable Senado de la Nación
(fotos gentileza Prensa H.S. Nación)
El pasado martes 2 de diciembre de 2008, se realizó la presentación del libro "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Antiterrorista", de la Fundación Abravanel, publicado por editorial Eudeba.
El Presidente Provisional del Senado, Dr. José Pampuro, fue el anfitrión del evento, que contó la exposición (de izquierda a derecha) del Presidente de la Auditoría General de la Nación, Experto en Derechos Humanos y Relator Especial de Naciones Unidas, Embajador Leandro Despouy; el Presidente de nuestra Fundación, Dr. Agustín Zbar; el Presidente de la DAIA, Sr. Aldo Donzis y; la Directora del Latino and Latin American Institute del American Jewish Committee, Sra. Dina Siegel Vann.
La realización de este proyecto no hubiera sido posible sin la indispensable labor de los integrantes de nuestra Comisión Directiva. Asimismo, la profunda investigación conceptual y normativa que concluyó con la presentación del libro fue realizada por un equipo académico de la Fundación liderado por Ariel Romano Angel e integrado por Gabriela Szlak y Lea Espector.
En el acto de presentación, luego de las palabras de bienvenida del Senador Pampuro, el Dr. Zbar presentó la Fundación Abravanel y expresó que la publicación de “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos” se justifica, entre otras cuestiones, en el hecho de que "La lucha contra el terrorismo internacional constituye un eslabón más de la permanente lucha de la humanidad por el derecho a la diferencia" y que "El terrorismo socava los cimientos sobre los que se apoya nuestro multiculturalismo; es la maldad en su búsqueda de la "pureza", y el peor de los males en términos políticos radica en la intolerante búsqueda de la "pureza": pureza de sangre, de religión, de moral, etc”. Zbar agregó que no es necesario recordar, por ejemplo, que el nazismo cometió las peores de las aberraciones en el camino hacia esa supuesta "pureza" racial y que el terrorismo, en ese sentido, opera igual: supone la supresión del otro, de la diferencia, por cuanto considera que en lo disímil se verifica lo "impuro" y lo "herético".
A continuación, el Embajador Despouy hizo un análisis exhaustivo del contenido de la obra, resaltando la valentía de la Fundación Abravanel al tratar temas de gran complejidad, como el del tratamiento de los combatientes ilegales en el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos. Al respecto consideró que el libro resuelve el desafío en forma correcta y con sabiduría. Asimismo, complementó su exposición con el relato de su propia experiencia en el ámbito internacional, lidiando con las dificultades prácticas que presenta la materia.
Llegado el turno del Sr. Donzis, éste felicitó la iniciativa de la Fundación Abravanel y expresó que el terrorismo internacional no discrimina, y ataca siempre a civiles inocentes. Asimismo, recordó especialmente a las víctimas de los últimos atentados en la ciudad de Bombay y resaltó la importancia de iniciar un debate serio y sensato para el dictado de normativa antiterrorista en la Argentina, máxime, luego de los dos cruentos atentados contra la Embajada de Israel en Buenos Aires y la sede de la AMIA, acaecidos en 1992 y 1994 respectivamente.
Por último, la Sra. Siegel Vann del Comité Judío Americano hizo referencia a las amenazas regionales existentes en la actualidad y a la necesidad de que los países latinoamericanos puedan contar con legislación antiterrorista para afrontar este flagelo. También destacó a la República Dominicana como un ejemplo a seguir en la materia y congratuló a la Fundación Abravanel por la publicación del libro “Terrorismo Internacional y Derechos Humanos.”
Todos los oradores coincidieron en el importante desafío que el terrorismo internacional constituye para las democracias de nuestra región, y en el enfoque del libro en torno a la necesidad de debatir en tiempos de paz y normalidad la adopción de una normativa que logre un equilibro entre la eficacia en la lucha contra el terrorismo internacional y el respeto por los Derecho Humanos.
Nos honraron con su presencia el Embajador de Israel, Daniel Gazit; el Presidente del American Jewish Committee, Sr. Richard Siderman; el Sr. Consejero Político de la Embajada de los EEUU en la Argentina, Sr. Alexander Featherstone y miembros de la legación de la Federación Rusa en la Argentina.
Estuvieron presentes también, entre otras figuras locales, el Juez Federal de la causa AMIA, Dr. Rodolfo Canicoba Corral; el Juez Federal de la causa que investiga las irregularidades cometidas en la investigación del atentado a la AMIA, Dr. Ariel Lijo; el Diputado Nacional, Arq. Daniel Katz; el Sr. Jorge Telerman y; el periodista Pepe Eliashev.
Asimismo se contó con la participación de autoridades de instituciones judías, entre otros, el Presidente de la AMIA, Guillermo Borger; el ex Presidente de AMIA, Luis Grynwald; el ex Presidente de DAIA, Dr. Jorge Kirszenbaum; el Rabino Abraham Skorka; el Presidente de Bnai Brith, Arq. Boris Kalnicki y su ex Presidente, Jaime Kopek, entre muchos otros.
También estuvieron presentes familiares de las víctimas de los atentados contra la Embajada de Israel y la AMIA.
Al evento adhirió expresamente el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni.
Agradecemos especialmente al Presidente Provisional del Senado, Dr. José Pampuro y a todo su equipo por el excelente evento realizado.
miércoles, 26 de noviembre de 2008
Invitación a la Presentación del Libro de la Fundación Abravanel editado por Eudeba

Los esperamos a todos el 2 de diciembre en el Salón Azul del Honorable Senado de la Nación, a las 18,45 horas, para la presentación del libro "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una Legislación Anterrorista." . La entrada es libre y gratuita.
Para ampliar la invitación, haga click sobre la misma.
miércoles, 19 de noviembre de 2008
Presentación del Libro "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos" de la Fundación Abravanel en el Honorable Senado de la Nación
Es un honor para nosotros invitar a nuestros lectores y amigos a la presentación de la nueva publicación de la Fundación Abravanel intitulada "Terrorismo Internacional y Derechos Humanos. Apuntes para una legislación antiterrorista”, a realizarse el próximo 2 de Diciembre del corriente a las 18:45 hs. en el Salón Azul del Honorable Senado de la Nación (Hipólito Yrigoyen 1849 Piso 1°, Capital Federal).
La presentación del libro, impreso por editorial Eudeba, contará con la presencia del Sr. Presidente Provisional del Honorable Senado de la Nación, Senador Dr. José J. B. Pampuro; el Presidente del Comité Judío Americano (AJC), Sr. Richard Sideman; el Presidente de la Auditoria General de la Nación, Experto en Derechos Humanos y Relator Especial de Naciones Unidas, Embajador Leandro Despouy; el Presidente de la DAIA, Sr. Aldo Donzis y; el Presidente de nuestra Fundación, Dr. Agustín Zbar.
Además en el evento contaremos con la presencia de personalidades interesadas en la temática del ámbito de la política, las organizaciones no gubernamentales, la academia jurídica y los medios de comunicación.
Los esperamos!
Fundación Abravanel

